lunes, 30 de julio de 2012

Barakaldo agiliza los trámites para abrir nuevos comercios,empresas y establecimientos hosteleros


Aprueba la desaparición de la licencia de apertura como régimen de control previo a su funcionamiento, con lo que bastará con comunicar el inicio de la actividad para poder abrir inmediatamente un local. La nueva ordenanza recoge que los bancos, cajas de ahorros y tiendas de compra-venta de oro deberán pagar la tasa máxima: 15.500 euros.
El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Barakaldo acordó, por unanimidad, la desaparición de la licencia de apertura como régimen de control de las actividades y su sustitución por un nuevo régimen de comunicación previa, lo que simplificará los procedimientos administrativos y agilizará los trámites a la hora de conceder los permisos. Con esta iniciativa, la institución local se adapta a la Directiva Europea de Servicios, que intenta favorecer la actividad económica en la actual coyuntura de crisis.
Según ha explicado la concejal de Disciplina Urbanística, Medio Ambiente, Sanidad y Consumo, Ana Belén Quijada, hasta la fecha los comercios, locales hosteleros o empresas debían presentar la documentación necesaria y recibir el visto bueno de los técnicos para, previo pago de la tasa correspondiente, lograr una licencia de apertura. Por tanto, existía un control previo de la actividad; es decir, no se podía ejercer esta actividad hasta que no se tenía todo en regla.
Pero esta fórmula ya no será válida. Ahora, bastará enviar una comunicación al Ayuntamiento para poder iniciar la actividad. Será posteriormente cuando los técnicos municipales visiten las instalaciones y concedan o no la licencia correspondientes, previo pago de la tasa.
En la ordenanza fiscal aprobada por el Pleno con los votos a favor de todos los grupos políticos salvo el PNV, que se abstuvo, se introduce también como novedad la fijación de límites mínimos y máximos en la tasa que deben abonar los establecimientos, atendiendo a dos factores: el valor del suelo (a efectos del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y la superficie. Se entiende, en este sentido, que a mayor superficie mayor complejidad en la gestión del control administrativo y la verificación de que todo está en orden.
La tasa se calculará generalmente aplicando a la base imponible, que se calcula en función de esos dos factores, un tipo de gravamen del 4%. Se ha hecho una escala por metros cuadrados. El importe mínimo será de entre 240 y 490 euros para las actividades que ocupan hasta 50 metros cuadrados, mientras que el máximo será de entre 2.650 y 15.500 euros y lo pagarán las actividades que tengan más de 1.000 metros cuadrados. En ningún caso estos cambios supondrán un aumento de las tasas
Se establece, eso sí, una cuota fija de 15.500 euros -es decir, la cantidad más alta posible- tanto a los bancos como a las cajas de ahorro y demás entidades de crédito, así como a los comercios de empeño o compra-venta de oro y otros metales preciosos. "Esto lo hemos hecho porque entendemos que se trata de empresas que tienen una capacidad económica mucho mayor a lo normal", ha explicado la concejal.
En las actividades sujetas a la tramitación de una licencia de actividad clasificada dentro de la Ley General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, el tipo de gravamen experimentará un incremento del 100%. Y en las que son de carácter temporal -como mucho de tres años- se aplicará una reducción de entre el 35% y el 70%.
La ordenanza también prevé la compensación de las tasas municipales vinculadas al inicio de la actividad empresarial, con el fin de apoyar a las personas emprendedoras y a las pequeñas empresas.
Fuente: Portalparados

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