viernes, 10 de junio de 2011

El Tribunal Constitucional convoca 6 becas de formación jurídica

Resolución de 30 de mayo de 2011, de la Presidencia del Tribunal Constitucional, por la que se publica el Acuerdo del Pleno del Tribunal Constitucional por el que se convocan becas de formación jurídica relacionadas con la doctrina constitucional.
Objeto y condiciones.
1. Las becas tienen por objeto la formación teórico-práctica en tareas relacionadas con la investigación y tratamiento jurídico de la doctrina constitucional. Los estudios y trabajos realizados quedarán en propiedad del Tribunal Constitucional.
2. Se convocan seis becas, que tendrán una duración máxima de doce meses. El inicio de las mismas se comunicará a los beneficiarios simultáneamente a la notificación de la concesión. Podrán ser prorrogadas, si fuera conveniente para el programa de formación y previa aceptación del interesado, hasta un máximo de otros seis meses. Quienes hayan disfrutado de una beca no podrán solicitarla nuevamente, salvo que por razones no imputables a ellos hubieran disfrutado de una beca en convocatoria anterior por plazo inferior a seis meses, accediendo a ellas desde la relación de suplentes a que refiere el número 5 de la base sexta o equivalente de anteriores convocatorias.
3. Los becarios contarán con el asesoramiento, orientación y dirección del Letrado jefe del Servicio de Doctrina Constitucional, quien definirá las tareas a realizar.
4. El disfrute de estas becas no supondrá vinculación laboral o funcionarial alguna entre el becario y el Tribunal Constitucional.
Dotación de las becas.
La dotación de cada beca será de 1.200 euros brutos mensuales. Los importes de las becas se abonarán al término de cada mes. El Tribunal Constitucional contratará un seguro de accidentes y de enfermedad para cada uno de los becarios por el tiempo de duración de la beca, en el supuesto de que no tuviesen cubiertas estas contingencias.
Plazo de presentación.
El plazo de presentación de las instancias será de un mes desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

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