viernes, 10 de junio de 2011

Ayuntamiento de Ponferrada, relativa a la convocatoria, bases y programa para la provisión de seis plazas de Agentes de la Policía Local

RESOLUCIÓN de 17 de mayo de 2011, del Ayuntamiento de Ponferrada, relativa a la convocatoria, bases y programa para la provisión de seis plazas de Agentes de la Policía Local, (cuatro en turno libre y dos en turno de movilidad) vacantes en la Plantilla de Funcionarios del Ayuntamiento de Ponferrada (León).

Objeto y calendario de la convocatoria.  
Es objeto de la convocatoria la provisión de SEIS plazas de Agente del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de PONFERRADA (León), pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase, Policía Local, clasificadas en el grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 13 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y dotadas con el sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.
El desempeño de estas plazas será incompatible con cualquier actividad remunerada, pública o privada, quedando sometido al régimen de incompatibilidad, con los deberes y obligaciones inherentes y con el derecho al percibo de las correspondientes retribuciones complementarias.
Las plazas se encuentran vacantes e incluidas en la Oferta Pública de Empleo del Ayuntamiento para el ejercicio 2010, ampliándose el número de plazas de la convocatoria con las vacantes que se produzcan en el Cuerpo de Policía Local hasta el momento de finalización de la fase de oposición.
De las plazas convocadas, DOS se reservan al turno de movilidad y podrán ser cubiertas, por sistema de concurso-oposición, por funcionarios con categoría de Agente, que pertenezcan a otros cuerpos de Policía Local, conforme determina el artículo 83.1 de las Normas Marco a las que han de ajustarse los Reglamentos de Policía Local de la Comunidad de Castilla y León, aprobadas por Decreto 84/2005, de 10 de noviembre.
El resto de plazas, más las que no se cubran por el procedimiento anterior, se cubrirán mediante oposición libre.
El procedimiento selectivo en sus fases de oposición o, en su caso, concurso oposición, deberá resolverse en el plazo que no podrá exceder de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.
Instancias.
Las instancias solicitando tomar parte en el concurso-oposición u oposición en su caso, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la Base Segunda, se dirigirán al Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca el último de los anuncios de la convocatoria, que se publicará íntegra en el «Boletín Oficial de la Provincia» y en el «Boletín Oficial de Castilla y León», y en extracto en el «Boletín Oficial del Estado».

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